Ante la creación de la norma propia de la Comunidad para la Educación Secundaria Obligatoria, en el nuevo marco LOMCE, la Consejería de Educación ha proporcionado una encuesta, respaldada por Sigma Dos y redactada por un grupo de profesores, que se mandó a 16.589 docentes de Secundaria de Castilla y León y en la que han respondido 1.400 de ellos. A través de ella, se han obtenido opiniones y sugerencias que facultan la toma de decisiones apropiadas para esta etapa, adaptadas a los contextos de esta Comunidad.
De la encuesta, se han extraído varias conclusiones. Una de ellas es que es más óptimo que, si es inevitable repetir curso, se efectúe cuanto antes y no se permita al alumno continuar avanzando con materias pendientes.
También los educadores estiman que es innecesario incrementar la carga lectiva en las materias troncales (contempladas de esta manera en la Lomce).
Hasta el momento, las materias con refuerzo se fundamentaban en la voluntariedad de los centros de querer impartirlas. Los docentes han solicitado que haya materias pendientes y, sobre todo, en las instrumentales. La Consejería de Educación obtiene como resultado que el refuerzo debe tener carácter estructural.
Los profesores consideran apropiado que, en los primeros cursos, se ofrezcan materias de refuerzo para estudiantes con dificultades en las materias instrumentales.
Un 52,8% de los profesores piensa que el refuerzo educativo debe ser obligatorio y un 47,2%, voluntario.
Conjuntamente, los docentes contemplan que las asignaturas específicas deben limitarse en los primeros cursos.
En la Lomce emerge una figura, el consejo orientador, que se procurará al final de cada curso de la ESO a los padres o tutores y contendrá una propuesta sobre el itinerario formativo más conveniente. Los instructores creen que debe ser desarrollado por el equipo docente de manera colegiada.
Al final de 4º de la ESO se lleva a cabo una evaluación que debe ser aprobada. Si se suspende, los profesores solicitan que se faculte una matrícula extraordinaria con el compromiso de asistencia a clase, siempre que respeten el requisito de edad y no hayan repetido las dos veces que la norma marca como máximos.